"Unidos en Cristo para Evangelizar"
26 de Octubre de 2023
Por qué no les gusta la objeción de conciencia institucional
 


Un cristiano con su conciencia bien formada, no puede ser indiferente al derecho de objeción de conciencia, en especial la institucional...

Dentro de los debates surgidos sobre el contenido de la nueva Constitución, que no puede ser indiferente a un cristiano con su conciencia bien formada, es el derecho a alegar la objeción de conciencia, en especial la institucional.

Detrás de esta cuestión, que aparece como un tecnicismo jurídico, se esconde una disputa profunda sobre la dignidad humana y el derecho a la vida.

Para que se entienda: los que niegan a que se reconozca la objeción de conciencia personal e institucional lo hacen para prohibir que centros médicos u hospitales ligados a congregaciones religiosas, iglesias, instituciones privadas -como universidades- u organizaciones benéficas puedan manifestar que en sus recintos no se pueden practicar muertes asistidas ni abortos.

Si la Constitución no consagra este límite, los movimientos y partidos ateos cuando llegan a gobernar, pueden imponer sus políticas públicas tendientes a facilitar la eliminación de seres humanos que están por nacer y a los que se estime que “no son dignos de vivir” (esa era la fórmula usada por los partidarios de Hitler).

El tema no es teórico puesto que en Chile está aprobada en su primer trámite la ley de eutanasia, que dicho sea de paso, es una de las más permisivas del planeta. Respecto del aborto, la ley lo autorizó en tres causales y cuenta lamentablemente ya con varios de centenares de niños que no pudieron nacer.

Lo delicado de este asunto queda demostrado con lo aconteciendo recientemente en España. Allí, el Tribunal Constitucional dictó con fecha 13 de septiembre de 2023 un fallo en el que resolvió que no se puede alegar la objeción de conciencia por una clínica al ser una persona jurídica. Con esto se profundiza el genocidio que allí se vive, al haber aprobado hace varios años el aborto.

Los que se empeñan en no reconocer el derecho a la objeción de conciencia son los mismos que proponían en la redacción de la propuesta anterior, el derecho al aborto y a la eutanasia como prestaciones que estarían comprendidas en el derecho a la salud. Se debe recordar que para ellos el aborto sería un derecho humano que nadie puede restringir.

Conviene contrastar la norma que hoy se propone aprobar con la del texto rechazado en septiembre de 2022, donde se señalaba que: “Toda persona es titular de derechos sexuales y reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción. El Estado garantiza su ejercicio sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural; así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, un parto y una maternidad voluntarios y protegidos. Asimismo, garantiza su ejercicio libre de violencias y de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones”.

No perdamos de vista que el objetivo de toda Constitución orientada al bien común es limitar siempre el poder. En el derecho a la vida esto significa que nunca se debe facilitar que los que llegan al poder puedan ejecutar políticas públicas contrarias al derecho a la vida. Una Constitución que quiera respetar la dignidad humana debe poner límites a los que, equivocadamente, conciben que existe el derecho de miembros de la familia humana para que puedan solicitar en centros médicos eliminar a otros miembros de la familia humana.

Pidamos luces al Espíritu Santo para tomar conciencia y oponernos a toda forma de violencia que significa siempre matar a un indefenso.

Autor: Crodegango






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